Sin duda, la Ley N° 26.844 ha generado una gran revolución ya que ha resurgido el famoso tema que muchas trabajadores no quieren estar en blanco porque pierden los planes sociales que en general entregan los Municipios mas otro aspecto que motiva grandes deuda es cuál será el costo final de todo esto, ya que a dos meses no se han aclarado cuestiones vinculadas con seguridad social.
Asignación Familiar por maternidad:
Conforme con el texto de la Ley N° 26.844 surge claro que las trabajadoras tendrá derecho a gozar de tres meses de licencia por maternidad en caso de tener un hijo, La norma facultó al Poder Ejecutivo para que se implemente el régimen de asignaciones familiares, ya que el costo de la licencia lo debe asumir ANSES.
A la fecha no se ha emitido norma reglamentaria alguna que disponga como será:
• los trámites a realizar,
• de cuanto será la prestación, se entiende que se debería equivalente al sueldo que percibe la trabajadora,
Tenemos conocimiento que han existido consultas en las distintas dependencias de ANSES y no han existido respuestas satisfactorias. Obviamente, esta circunstancia pone más que nerviosos a los empleadores que tenía a sus trabajadoras en regla y que se encuentran embarazas ya que la falta de respuesta del Estado hace que existen reclamos infundados hacia los trabajadores.
Por otra parte, el art. 72 de la Ley N° 26.844 faculta a la AFIP a establecer las alícuotas para financiar las prestaciones de por maternidad, mas a pesar de haber cambiado el formulario F102 y dispuesto el modelo de recibo, la AFIP no ha emitido norma alguna definiendo el valor de esta financiación.
CAMBIOS POR FORMULARIOS
Hace unos años, la gente sentía decir como locos a los contadores el decreto reglamentario o la resolución cambiaron lo que mandaba la ley. Luego en la era de los aplicativos, las modificaciones surgen a las leyes surgen por aplicativos, hoy asistimos a que un simple formulario ha modificado la Ley N° 25.239 y a la Ley N° 26.844.
En este sentido, cabe recordar que la Ley N° 26.844 avala el régimen de domésticos dispuesto por la Ley N° 25.239, facultando a la AFIP solamente a:
• establecer la financiación para la maternidad
• actualizar los montos de la Ley N° 25.239.
El nuevo formulario que puso la AFIP en su página sin resolución o norma alguna que lo implementare o lo considere obligatorio, cambia por complemento el régimen para los trabajadores que trabajan menos de 6 horas semanales para un empleador. Ello toda vez, que ambas leyes sostiene que por esos trabajadores no debe realizarse aportes y contribuciones algunas y el nuevo formulario sin fundamentar sostiene que por estos trabajadores hay que abonar lo mismo que por trabajadores que realizan hasta 12 horas semanales para un mismo empleador.
Claro está que esta modificación no se encuentra avalada por norma alguna, aun cuando la AFIP se considere facultada para realizar el cambio debe emitir una norma (es decir un acto administrativo) mencionando los fundamentos de este cambio. Por ello, los contribuyentes no se encuentran obligados a acatar este cambio.
Sería sumamente sano, para la ciudadanía que se reglamentasen a la brevedad todos los aspectos vinculados con este régimen y que se expusieran en forma clara la cuantía del sistema, ya que esto ponen en conocimientos de las partes las obligaciones que asumen.